El Ministerio Público acusó al regidor Walky Cuevas Charles de formar parte de una red de narcotráfico y lavado de activos liderada por Yunior Santos Restrepo, quien fue arrestado el 21 de septiembre de 2023.
El órgano acusador clasificó el caso del regidor del partido Bloque Institucional Social Demócrata (BIS) por su alegada participación en el grupo criminal, según lo tipificado en el artículo 4, letras E, 5-A, 6-A, 7, párrafo II y 85, letras a, b y c de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, que clasifica y sanciona como traficantes.
Además, se le imputa bajo el artículo 2, numeral 26; el artículo 3, numerales 1, 2 y 3; el artículo 4, numerales 7 y 9; y el artículo 9, numerales 1 y 2 de la Ley 155-17, que tipifica y sanciona el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
Entre 10 a 20 años de prisión
Ley 155-17
El artículo 3 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo establece severas penas para quienes participen en el lavado de activos. En particular, se sanciona con penas de 10 a 20 años de prisión, multas de 200 a 400 salarios mínimos y la inhabilitación para ocupar cargos en entidades financieras y públicas a aquellos que conviertan, transfieran, oculten, o administren bienes provenientes de delitos.
Dicho artículo en su numeral 2 agrega que quien oculte o disimule bienes sabiendo que provienen de delitos, enfrentará penas de diez a veinte años de prisión, multas de doscientos a cuatrocientos salarios mínimos, decomiso de los bienes ilícitos y una inhabilitación temporal de diez años para trabajar en entidades financieras y públicas.
Mientras que el numeral 3 precisa que quien adquiera o utilice bienes sabiendo que provienen de delitos enfrentará penas de diez a veinte años de prisión, multas de doscientos a cuatrocientos salarios mínimos, decomiso de los bienes y una inhabilitación temporal de diez años para trabajar en entidades financieras y públicas.
En el artículo 4 sobre infracciones penales asociadas al lavado de activos, numeral 7, se establece que la persona que falsamente alegue tener derecho, ya sea a título personal, en representación o por cuenta de un tercero, sobre un bien derivado del lavado de activos con el objetivo de impedir su incautación o decomiso, será sancionada con una pena de prisión de tres a cinco años, multa de cien a doscientos salarios mínimos, y el decomiso de los bienes reclamados como propios.
El numeral 9 establece que quien preste su nombre para adquirir activos de infracciones graves será sancionado con tres a seis años de prisión, una multa de cien a doscientos salarios mínimos y el decomiso de los bienes ilícitos.
Orden de arresto fue emitida en enero
La orden judicial para el arresto del regidor Walky Cuevas Charles, acusado de pertenecer a una red de narcotráfico con centro operativo en la provincia San Pedro de Macorís, fue emitida el 31 de enero de este año.
El Ministerio Público informó en su documento acusatorio que el arresto de Cuevas Charles, realizado el pasado miércoles 3 de septiembre, se llevó a cabo bajo la orden número 341-2024-TAUT00006. Sin embargo, las autoridades no especifican porque no fue apresado en ese entonces.
El órgano acusador solicitó al tribunal la imposición de ocho meses de prisión preventiva para el edil y para Pamela Violeta Astacio, alias «Melvin Gato», también vinculada a la red, así como la declaración de complejidad del proceso.
Según las autoridades, el arresto de Cuevas Charles y Astacio es parte de la continuación de una investigación conjunta realizada por el Ministerio Público, la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y la Drug Enforcement Administration (DEA) de los Estados Unidos.
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En una primera fase de la investigación, se arrestó a Yunior Santos Restrepo y a varios de sus cómplices, quienes supuestamente introducen grandes cantidades de drogas y sustancias controladas por las costas de San Pedro de Macorís y Barahona, para luego enviarlas a Estados Unidos y Europa.
Ambos imputados utilizaban las ganancias obtenidas de dicha actividad ilícita, bajo las órdenes de Santos Restrepo, quien cumple prisión preventiva y a quien el órgano persecutor presentó acusación formal el pasado 16 de abril, para adquirir bienes muebles e inmuebles lujosos y de alto costo, así como para constituir negocios que les permitieran dar una apariencia de legalidad a las ganancias obtenidas de manera ilícita.
La audiencia de conocimiento de medida de coerción contra los dos últimos implicados será conocida el próximo jueves 12 de septiembre.