Por: Rafael Santos
Gobierno Dominicano Protege Producción Nacional de Arroz con Nuevo Decreto de Aranceles
El presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, promulgó el decreto 693-24, estableciendo un arancel del 20% ad valorem a las importaciones de arroz dentro de una cuota específica y un 99% fuera de esta. La medida se enfoca en proteger la producción nacional frente a la competencia internacional, particularmente de Estados Unidos y Nicaragua, asegurando la sostenibilidad del sector arrocero y fortaleciendo la seguridad alimentaria del país.
Detalles del Decreto
La disposición contempla una cuota preferencial de 23,300 toneladas métricas de arroz importado desde Estados Unidos con un arancel de 0%. Fuera de esta cuota, las importaciones estarán sujetas a un arancel del 99%, conforme a las normativas del arancel Nación Más Favorecida (NMF). Esta medida responde a las inquietudes expresadas por los productores locales frente a la inminente liberalización arancelaria del arroz, programada en el acuerdo DR-Cafta para enero de 2025.
Relevancia de la Producción Nacional de Arroz
El gobierno subrayó que el arroz es un alimento esencial en la dieta de los dominicanos y un pilar de la soberanía alimentaria. Con un impacto económico estimado en RD$45,000 millones anuales y la generación de más de 30,000 empleos directos, la protección de este cultivo es vital.
El ministro de Industria, Comercio y Mipymes, Víctor (Ito) Bisonó, destacó que estas medidas buscan equilibrar las obligaciones internacionales con la necesidad de proteger a los productores nacionales. “Estamos trabajando en conjunto con todos los actores del sector para garantizar su sostenibilidad y abordar los retos derivados de la desgravación arancelaria”, afirmó.
Por su parte, el ministro de Agricultura, Limber Cruz, señaló que el país es autosuficiente en la producción de arroz, proyectando alcanzar 14 millones de quintales este año. Cruz reiteró el compromiso del gobierno con el sector mediante programas de apoyo, fertilización y la promoción del uso de semillas certificadas.
Disposiciones Principales del Decreto 693-24
1. Arancel dentro de la cuota: Se aplicará un 20% ad valorem a las importaciones clasificadas en las partidas S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00.
2. Cuota preferencial: Se establece una cuota de 23,300 toneladas métricas de arroz importado desde Estados Unidos con arancel 0%.
3. Arancel fuera de cuota: Importaciones provenientes de Estados Unidos y Nicaragua fuera de la cuota estarán sujetas a un arancel NMF del 99% ad valorem.
4. Duración: La vigencia se mantendrá hasta que el Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN) determine lo contrario, con base en estudios técnicos.
Base Legal y Contexto Internacional
El decreto se ampara en el artículo 21.2 del DR-Cafta, que autoriza medidas para garantizar la seguridad alimentaria. También se fundamenta en las normativas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) que regulan la imposición de tarifas arancelarias en situaciones estratégicas.
Reacción de los Productores y Compromiso Gubernamental
Los productores locales han expresado su apoyo a la medida, destacando la necesidad de proteger un sector esencial para la economía y la estabilidad alimentaria del país. Por su parte, el gobierno reafirmó su compromiso de promover políticas que respalden a los agricultores, garantizar precios competitivos y asegurar la autosuficiencia nacional en la producción de arroz.
Con estas medidas, el gobierno dominicano toma una postura firme para salvaguardar uno de los pilares más importantes de su economía agropecuaria frente a los desafíos del mercado internacional.
Por: Francisco Núñez, franciscoeditordigital@gmail.com